Oficio
Los derechos que se pagan en un concierto
El 8,5 % de la taquilla, quién lo paga y qué pasa si no declaras. Lo que dicen las tarifas oficiales, sin intermediarios.

De todas las partidas de un concierto, esta es la que más se paga a ciegas. Se sabe que «hay que pagar a la SGAE», rara vez se sabe cuánto ni por qué, y casi nunca se piden los descuentos que están publicados.
Todo lo que sigue sale del Libro de Tarifas Generales de SGAE de 2026, que es público.
La cifra: 8,5 % de la taquilla
«Por derechos de autor, el 8,5 % de los ingresos en taquilla por cada concierto, recital o espectáculo que se celebre, previa deducción del I.V.A.»
Tres detalles que cambian la cuenta:
Sobre taquilla, no sobre el caché. No se calcula sobre lo que cobra el artista, sino sobre lo que entra por la puerta.
Descontado el IVA. Sobre la base, no sobre lo que paga el público. En una entrada de 25 €, la base son 22,73 € una vez fuera el 10 % del espectáculo, y el 8,5 % se aplica ahí.
Lo paga el organizador, no el artista. Ahora bien: si hay reparto de taquilla, suele estar entre los gastos justificados que se descuentan antes de calcular el porcentaje del artista. O sea que indirectamente sí lo nota.
Por debajo de 1.000 personas puedes elegir
Si el aforo legalmente autorizado del recinto es igual o inferior a 1.000 personas, el organizador puede escoger entre el 8,5 % o una tarifa de tanto alzado según aforo y precio medio. Algunos ejemplos de la tabla de 2026:
| Aforo | Precio medio ≤ 12 € | Precio medio ≤ 25 € | Precio medio > 40 € |
|---|---|---|---|
| 150 | 75,24 € | 159,16 € | 346,77 € |
| 500 | 300,92 € | 636,70 € | 1.387,09 € |
| 1.000 | 682,07 € | 1.443,20 € | 3.144,07 € |
Cuándo sale a cuenta cada una. Con una sala de 500 y entradas a 20 €, el tanto alzado son 636,70 €. El 8,5 % sobre lleno completo —500 × 20 € menos IVA, unos 9.090 € de base— serían 772 €. El tanto alzado gana… si se llena. Con media entrada vendida, el porcentaje sale mejor.
🚨 Y la elección hay que hacerla al pedir la autorización, no después. Es decir, antes de saber cuánto vas a vender. Quien tiene el aforo prácticamente vendido, tanto alzado; quien no lo sabe, porcentaje.
Los dos descuentos que casi nadie pide
Están en las tarifas, publicados, y son acumulables:
- 5 % por entregar la declaración de utilización de las obras
- 10 % adicional si el aforo es de hasta 1.000 personas
El primero es especialmente absurdo de perder: consiste en decir qué canciones se tocaron, que es además lo que hace que ese dinero llegue a los autores que sonaron esa noche y no se reparta por estimaciones generales.
Lo que pasa si no declaras
Aquí está la parte que conviene leer dos veces. Si el organizador no facilita la recaudación, la tarifa se aplica sobre el aforo entero al precio medio de las entradas puestas a la venta.
Traducido: se liquida como si hubieras llenado. Con doscientas entradas vendidas en una sala de mil, se paga por mil. No es una sanción, es la regla de cálculo por defecto, y está escrita.
SGAE no es lo único, pero sí lo del concierto
Aquí se confunde casi todo el mundo. Hay dos familias de derechos distintas:
Derechos de autor — de quien compuso y de su editorial. Los gestiona SGAE y son los del concierto: el 8,5 % de arriba.
Derechos conexos — de quien grabó e interpretó el fonograma. Los gestionan AGEDI y AIE, que recaudan conjuntamente, y se devengan por comunicación pública de fonogramas: música grabada. En un concierto eso no es la actuación, es lo demás: la sesión antes de que salga el grupo, la música entre bandas, la de la barra.
O sea que una sala que programa conciertos y además pone música grabada tiene dos relaciones distintas, con dos entidades distintas, por dos usos distintos. Confundirlas es la razón por la que a veces alguien cree que está pagando dos veces lo mismo. No lo está.
Cinco cosas que se hacen mal
Pedir la autorización tarde. Las tarifas piden solicitarla con antelación —para administraciones públicas, un mínimo de 30 días— o, en su defecto, antes de poner las entradas a la venta.
No elegir modelo por debajo de 1.000. Se aplica el porcentaje por defecto sin haber mirado si el tanto alzado salía mejor.
No pedir los descuentos.
No entregar la declaración de obras. Cuesta un 5 % y, sobre todo, hace que el dinero no llegue a quien sonó.
Olvidar el hueco de la música grabada. Es pequeño comparado con el concierto, pero existe y tiene su propio interlocutor.
¿Trabajas con otras tarifas o tu caso es distinto? Escríbenos a hello@onroad.live: este artículo se actualiza con cada revisión de tarifas.
Lo que responde este artículo
- ¿Cuánto se paga a la SGAE por un concierto?
- El 8,5 por ciento de los ingresos de taquilla de cada concierto, descontado previamente el IVA, según el Libro de Tarifas Generales 2026 de SGAE. En recintos con aforo autorizado igual o inferior a 1.000 personas, el organizador puede optar en su lugar por una tarifa de tanto alzado calculada según el aforo y el precio medio de la entrada.
- ¿Quién paga los derechos de autor de un concierto, el artista o el promotor?
- El organizador del espectáculo, que normalmente es el promotor o la sala. No lo paga el artista ni se descuenta de su caché, aunque en un contrato con reparto de taquilla sí suele figurar entre los gastos justificados que se deducen antes de calcular el porcentaje.
- ¿Qué pasa si no se declara la recaudación de un concierto a la SGAE?
- Las tarifas de 2026 establecen que, si el organizador no facilita la información de recaudación, la tarifa general se aplica sobre la totalidad del aforo legalmente autorizado del recinto al precio medio de las entradas puestas a la venta. Es decir, se liquida como si se hubiera llenado, con independencia de lo que se vendiera.
- ¿Qué diferencia hay entre SGAE y AGEDI-AIE en un concierto?
- SGAE gestiona los derechos de los autores y editores de las canciones, y es la que cobra por el concierto en sí. AGEDI y AIE representan a productores fonográficos e intérpretes y recaudan por la comunicación pública de fonogramas, es decir, por la música grabada que suena en el local: la sesión antes de que salga el grupo, la música entre bandas o la de la barra.
- ¿Hay descuentos en las tarifas de SGAE para conciertos?
- Sí, y son acumulables. Un 5 por ciento por entregar la declaración de utilización de las obras, y un 10 por ciento adicional si el aforo es de hasta 1.000 personas. Hay que solicitarlos: no se aplican solos.
De dónde salen estos datos
Todas las cifras de este artículo proceden de fuentes oficiales o auditadas, listadas abajo.
- Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Libro de Tarifas Generales 2026, capítulo de Comunicación Pública — epígrafe «Conciertos, recitales de música sinfónica, recitales de música no sinfónica y espectáculos de variedades» · datos de 2026
- AGEDI y AIE, Entidades de gestión de productores fonográficos e intérpretes, que recaudan conjuntamente por comunicación pública de fonogramas — es decir, música grabada, no la interpretación en directo